
La Burla y la evasión al fisco salvadoreño.
El robo de Arena y los bancos
El Ministerio de Hacienda se responsabiliza de definir y orientar la política financiera del Estado, dirigir y ejecutar la política tributaria, formular la política de gastos públicos, proponer la contratación de empréstitos del Sector Público, así como administrar el servicio de la deuda pública y llevar la contabilidad de la Hacienda Pública, entre otros. Es decir, vela porque nuestros impuestos lleguen íntegros al Gobierno que debe devolverlos de forma eficiente a nosotros, de nuevo. El problema surge cuando esto no sucede y es lo que está pasando ahora en nuestro país.
Planteamiento del problema.
El Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas actual está integrado por miembros que no cumplen con los requisitos de ley.
La función revisora del Tribunal EXIGE que todos los miembros del Tribunal sean nombrados por el Órgano Ejecutivo en el ramo de Hacienda, cumpliendo ciertos requisitos mínimos establecidos en el artículo 1 de la Ley antes referida. Sin embargo, de las personas que conforman el Tribunal de Apelaciones, los dos vocales especialistas en materia aduanera, los Licenciados Rodolfo Hernán Martínez Torres y Sara Carolina Rico González, quien sustituye a Carlos Ernesto Torres Flores, ninguno de ellos cumplen con los requisitos de tener seis años de ejercicio profesional en materia aduanera y el Presidente del Tribunal el Licenciado Carlos Mauricio Villacorta Gaviria es una persona cuya trayectoria ha estado alejada de la materia tributaria y aduanera, aún cuando esto no representa una condición que exija la ley; los otros dos miembros del Tribunal de Apelaciones, son los Vocales Tributarios, Licenciados Román Carballo y José Magdalena Molina Martínez, quienes emitieron su “voto razonado” respecto a las sentencias en estudio.
Al no cumplir con los requisitos exigidos por la ley, no solamente vuelven NULOS E ILEGALES todos los Actos Administrativos en que estos señores han actuado, sino que también, limitan la agilización, eficacia administrativa y provocan violación de principios básicos o fundamentales de los Administrados que dan como resultado Sentencias como la emitida y notificada fuera del tiempo por este Tribunal y que se ha sometido al Amparo de la Honorable Sala de lo Constitucional INC. RO605021T BANCO CUSCATLAN, S.A.; INC. BANCO AGRICOLA, S.A.; INC. RO605016T BANCO CREDOMATIC, S.A. Con argumentos totalmente alejados al derecho, dañando los intereses de la Administración Tributaria y, por ende, a todos los salvadoreños.
Esta sentencia ha liberado a tres bancos de pagar $81,949,043.00 al fisco y por tanto esto redundará en menos inversión pública para resolver los problemas del país e impedirá que se cumpla la constitución y nuestros derechos.
La solución está imposibilitada por la política partidaria.
Para revertir esta situación es necesario que la Dirección General de los Impuestos Internos se declare ofendida e interponga la demanda contra el Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas ante la Honorable Sala de lo Contencioso Administrativo, existen criterios técnicos para poder fundamentar una defensa. Sin embargo, la mayor defensa que tendrán los Bancos sería: “Que culpa tienen ellos, de que el Ejecutivo escoja mal a sus Vocales, que el costo de esta negligencia no se la cobren a ellos”.
Lo anterior, en el entendido de que la Dirección General de Impuestos Internos o el Ministro de Hacienda, quieran hacer algo, pero lo más seguro es que sea parte de un plan bien trazado para obtener “colaboradores para la próxima campaña política” Por ejemplo en el caso del Banco Cuscatlán, S.A. En vez de pagar $29,311,983.58 que es la cantidad total que REVOCA el Tribunal a su favor, en la sentencia que les emitieron, le sale mejor repartir cierta cantidad de dinero para los TRES MIEMBROS DEL TRIBUNAL y unos CINCO MILLLONCITOS PARA EL COENA y decir “Presentes por la Plata” en la próxima campaña electoral.
Mientras a la clase media y trabajadora se le despoja de una buena parte de su sueldo en concepto de impuestos, a otros se les permite EVADIR cantidades exorbitantes. Mientras su candidato habla de "firmar pactos", lo que siguen firmando son nuestra ruina a costa de sus malhabidas riquezas.
Planteamiento del problema.
El Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas actual está integrado por miembros que no cumplen con los requisitos de ley.
La función revisora del Tribunal EXIGE que todos los miembros del Tribunal sean nombrados por el Órgano Ejecutivo en el ramo de Hacienda, cumpliendo ciertos requisitos mínimos establecidos en el artículo 1 de la Ley antes referida. Sin embargo, de las personas que conforman el Tribunal de Apelaciones, los dos vocales especialistas en materia aduanera, los Licenciados Rodolfo Hernán Martínez Torres y Sara Carolina Rico González, quien sustituye a Carlos Ernesto Torres Flores, ninguno de ellos cumplen con los requisitos de tener seis años de ejercicio profesional en materia aduanera y el Presidente del Tribunal el Licenciado Carlos Mauricio Villacorta Gaviria es una persona cuya trayectoria ha estado alejada de la materia tributaria y aduanera, aún cuando esto no representa una condición que exija la ley; los otros dos miembros del Tribunal de Apelaciones, son los Vocales Tributarios, Licenciados Román Carballo y José Magdalena Molina Martínez, quienes emitieron su “voto razonado” respecto a las sentencias en estudio.
Al no cumplir con los requisitos exigidos por la ley, no solamente vuelven NULOS E ILEGALES todos los Actos Administrativos en que estos señores han actuado, sino que también, limitan la agilización, eficacia administrativa y provocan violación de principios básicos o fundamentales de los Administrados que dan como resultado Sentencias como la emitida y notificada fuera del tiempo por este Tribunal y que se ha sometido al Amparo de la Honorable Sala de lo Constitucional INC. RO605021T BANCO CUSCATLAN, S.A.; INC. BANCO AGRICOLA, S.A.; INC. RO605016T BANCO CREDOMATIC, S.A. Con argumentos totalmente alejados al derecho, dañando los intereses de la Administración Tributaria y, por ende, a todos los salvadoreños.
Esta sentencia ha liberado a tres bancos de pagar $81,949,043.00 al fisco y por tanto esto redundará en menos inversión pública para resolver los problemas del país e impedirá que se cumpla la constitución y nuestros derechos.
La solución está imposibilitada por la política partidaria.
Para revertir esta situación es necesario que la Dirección General de los Impuestos Internos se declare ofendida e interponga la demanda contra el Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas ante la Honorable Sala de lo Contencioso Administrativo, existen criterios técnicos para poder fundamentar una defensa. Sin embargo, la mayor defensa que tendrán los Bancos sería: “Que culpa tienen ellos, de que el Ejecutivo escoja mal a sus Vocales, que el costo de esta negligencia no se la cobren a ellos”.
Lo anterior, en el entendido de que la Dirección General de Impuestos Internos o el Ministro de Hacienda, quieran hacer algo, pero lo más seguro es que sea parte de un plan bien trazado para obtener “colaboradores para la próxima campaña política” Por ejemplo en el caso del Banco Cuscatlán, S.A. En vez de pagar $29,311,983.58 que es la cantidad total que REVOCA el Tribunal a su favor, en la sentencia que les emitieron, le sale mejor repartir cierta cantidad de dinero para los TRES MIEMBROS DEL TRIBUNAL y unos CINCO MILLLONCITOS PARA EL COENA y decir “Presentes por la Plata” en la próxima campaña electoral.
Mientras a la clase media y trabajadora se le despoja de una buena parte de su sueldo en concepto de impuestos, a otros se les permite EVADIR cantidades exorbitantes. Mientras su candidato habla de "firmar pactos", lo que siguen firmando son nuestra ruina a costa de sus malhabidas riquezas.